Su expareja afirma que apenas gana dinero, pero mantiene una actividad, clientes o un nivel de gasto que no encaja con lo que declara. Si esa diferencia afecta a la pensión de sus hijos, la respuesta útil no es acusarle sin pruebas: es reunir indicios lícitos y plantear al juzgado qué información económica necesita para fijar o revisar la cuantía. Cada caso exige distinguir entre sospechas, ingresos demostrables y necesidades reales de los menores.
La pensión debe responder a la capacidad económica real
El artículo 93 del Código Civil exige determinar la contribución de cada progenitor a los alimentos de los hijos. Su artículo 146 atiende a los medios de quien paga y a las necesidades de quien los recibe. Por eso una nómina baja, una declaración de pérdidas o la ausencia de salario no resuelven por sí solas el debate. También importa cómo se financia la actividad, si existen rentas adicionales y qué gastos familiares deben cubrirse. La explicación general de cómo se fija la pensión de alimentos ayuda a situar esos criterios.
Ser autónomo, cobrar de forma irregular o tener un negocio con pérdidas no equivale a ocultar ingresos. Puede haber deudas, costes legítimos y meses muy distintos. Lo que interesa es contrastar documentos y períodos comparables para evitar tanto una pensión insuficiente como una reclamación basada solo en apariencias.
Qué pruebas conviene preparar
Empiece por la resolución o el convenio vigente, las transferencias recibidas, los gastos ordinarios de los hijos y una cronología de los cambios observados. Conserve únicamente documentos a los que tenga acceso legítimo: comunicaciones en las que la otra parte reconoce trabajos o ingresos, anuncios públicos de una actividad, información societaria pública o justificantes que ya obren en su poder. Anote la fecha y el origen de cada dato.
Una fotografía de vacaciones o un coche caro pueden suscitar preguntas, pero no demuestran por sí solos cuánto cobra una persona ni a quién pertenece un bien. No acceda a cuentas, dispositivos, correo o documentación privada sin autorización. Si los documentos económicos relevantes están en poder de la otra parte, el abogado podrá valorar una petición concreta de exhibición documental y otras pruebas pertinentes en el procedimiento. El tribunal decide su admisión y alcance; no existe una inspección indiscriminada por el simple hecho de sospechar.
Si aún no se ha fijado la pensión
En un divorcio o en un procedimiento de medidas para hijos de padres no casados, conviene plantear desde el inicio una propuesta apoyada en los gastos de los menores y en los datos económicos disponibles de ambos progenitores. Hay que identificar qué documentos faltan y por qué son relevantes: declaraciones fiscales, información sobre la actividad profesional, nóminas o justificantes concretos, según el caso. Dejar una cuantía artificialmente baja en un acuerdo por cerrar rápido puede generar después un conflicto costoso.
Separe además la pensión mensual de los desembolsos que requieran un tratamiento específico. El artículo sobre gastos extraordinarios de los hijos explica por qué una previsión clara sobre su autorización y reparto reduce posteriores discusiones.
Si ya existe sentencia o convenio aprobado
Cuando aparecen ingresos nuevos o un cambio relevante después de fijar las medidas, puede estudiarse una modificación de la pensión. El artículo 775 de la Ley de Enjuiciamiento Civil exige una variación sustancial de las circunstancias consideradas al aprobarlas. No basta repetir que la cifra inicial era injusta: hay que precisar qué ha cambiado, desde cuándo y cómo se acredita. En cuándo cambiar pensión y custodia explicamos el alcance de esa revisión.
Si los datos apuntan a una ocultación que ya existía cuando se dictó la resolución, la estrategia requiere un examen distinto de la documentación y de la vía procesal disponible. No dé por hecho que toda sospecha permite reclamar automáticamente diferencias de años anteriores. Si además se dejan de pagar mensualidades ya fijadas, el problema es de cumplimiento: consulte qué hacer ante el incumplimiento del convenio y conserve los justificantes de cada impago.
Cuándo merece la pena consultar
Pida una valoración si la diferencia económica es relevante, existen indicios identificables y la pensión actual no cubre adecuadamente las necesidades acreditables de los hijos. En la consulta conviene llevar la resolución, una relación mensual de gastos, los pagos recibidos y dos o tres pruebas concretas de la posible discrepancia. Así puede analizarse el coste y la utilidad de negociar, solicitar prueba o acudir al juzgado antes de iniciar un procedimiento.
En Madrid Salinas Abogados estudiamos asuntos de familia en Sevilla y valoramos con usted qué puede probarse y qué petición tiene sentido. Puede reservar una consulta de familia para revisar la documentación y definir los siguientes pasos, sin anticipar un resultado que depende de la prueba y de la decisión judicial.

Juan Madrid Salinas, abogado principal en Madrid Salinas Abogados. Especialista en litigación, resolución de conflictos y estrategia jurídica en Derecho Civil, Familia, Sucesiones, Laboral, Mercantil y Penal. Defensa firme, trato cercano y resultados.
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