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Abogado de familia asesorando a unos padres y su hijo sobre un conflicto relacionado con el régimen de visitas tras una separación.
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Mi hijo no quiere venir conmigo

Una de las situaciones más difíciles tras una separación o un divorcio se produce cuando uno de los progenitores escucha esta frase: “No quiero ir contigo”. La reacción suele ser de desconcierto, frustración e incluso miedo a perder la relación con el menor. Pero también aparecen dudas jurídicas importantes: ¿puede obligarse al hijo a cumplir el régimen de visitas?, ¿es responsable el otro progenitor?, ¿qué hará un juez si el incumplimiento se repite?

La respuesta no admite soluciones automáticas. Cada caso debe analizarse atendiendo a la edad del menor, las razones de su negativa y el comportamiento de ambos progenitores. Lo que sí está claro es que dejar que la situación se prolongue sin actuar suele agravar el problema.

En Madrid Salinas Abogados asesoramos a padres y madres que atraviesan este tipo de conflictos, buscando siempre la solución que mejor proteja el interés del menor y preserve la relación familiar. Si necesita asesoramiento especializado, puede consultar nuestro servicio de Derecho de Familia.

¿Puede un menor negarse a cumplir el régimen de visitas?

Depende de las circunstancias.

Un niño pequeño difícilmente puede decidir por sí mismo dejar de relacionarse con uno de sus progenitores. En cambio, cuando el menor tiene una edad suficiente y una madurez apreciable, su opinión adquiere una relevancia cada vez mayor, aunque nunca resulta vinculante por sí sola.

Los jueces valoran si esa negativa responde a un deseo libre y razonado o si, por el contrario, existe una influencia indebida del otro progenitor, un conflicto de lealtades o una situación de rechazo alimentada con el paso del tiempo.

Por ello, antes de iniciar cualquier procedimiento conviene conocer el origen real del problema y no limitarse a interpretar la negativa como una simple desobediencia.

El progenitor custodio tiene obligaciones

Quien convive habitualmente con el menor no puede limitarse a decir que “el niño no quiere ir”.

La resolución judicial debe cumplirse y ambos progenitores tienen el deber de favorecer la relación del hijo con el otro. Eso implica preparar al menor, facilitar las entregas y evitar cualquier conducta que dificulte el cumplimiento del régimen establecido.

Cuando el incumplimiento se produce de forma reiterada, puede ser necesario acudir a un procedimiento por incumplimiento del convenio regulador para que el juzgado adopte las medidas oportunas.

Ahora bien, tampoco puede exigirse al progenitor custodio que emplee la fuerza física contra el menor. Los tribunales analizan si realmente ha intentado favorecer la relación o si, por el contrario, ha permanecido pasivo o incluso ha contribuido al rechazo.

¿Qué ocurre si el menor rechaza a uno de sus padres?

No siempre existe manipulación.

En ocasiones el rechazo tiene su origen en conflictos anteriores, falta de comunicación, largos periodos sin contacto, discusiones continuas o experiencias negativas vividas por el propio menor.

Precisamente por eso resulta fundamental analizar cada caso antes de acudir al juzgado. Una demanda precipitada puede agravar el conflicto familiar.

En determinados supuestos puede ser conveniente solicitar la intervención del equipo psicosocial o incluso modificar determinadas medidas para reconstruir progresivamente la relación paterno-filial.

¿Debe escucharse al menor?

Sí, cuando reúne suficiente madurez.

Nuestro ordenamiento jurídico reconoce el derecho de los menores a ser oídos en los procedimientos que les afectan. Sin embargo, escuchar al menor no significa que sea él quien decida.

El juez valorará su opinión junto con el resto de las pruebas: informes psicológicos, conducta de los progenitores, antecedentes del procedimiento y circunstancias familiares.

No debe olvidarse que el objetivo principal siempre será proteger el interés superior del menor, incluso cuando ello implique mantener una relación con ambos progenitores pese a las dificultades iniciales.

En estos supuestos también resulta importante analizar si existen problemas relacionados con la guarda y custodia que hagan aconsejable revisar las medidas vigentes.

Qué pruebas conviene reunir

Cuando el régimen de visitas deja de cumplirse, las pruebas resultan esenciales.

Es recomendable conservar mensajes, correos electrónicos, comunicaciones sobre las entregas, testigos, justificantes de desplazamientos y cualquier documento que permita acreditar lo sucedido.

También conviene evitar discusiones delante del menor o actuaciones impulsivas que puedan perjudicar posteriormente el procedimiento judicial.

Si además el otro progenitor impide las llamadas o dificulta el contacto fuera de las visitas, esa conducta puede reforzar la existencia de un incumplimiento continuado. En ese caso puede resultarle útil nuestro artículo sobre qué hacer si mi expareja no me deja hablar con mis hijos.

¿Puede modificarse el régimen de visitas?

Sí, siempre que hayan cambiado sustancialmente las circunstancias.

El paso del tiempo, la evolución del menor o la imposibilidad práctica de cumplir el régimen inicialmente acordado pueden justificar una modificación de medidas.

No obstante, esa modificación debe acordarla un juez. Ninguno de los progenitores puede alterar unilateralmente el régimen de visitas simplemente porque considere que ya no funciona.

Cuando el conflicto se mantiene durante meses, suele ser preferible solicitar una solución judicial antes que permitir que la relación entre padre e hijo continúe deteriorándose.

En algunos casos también será necesario revisar conjuntamente otras cuestiones como las vacaciones con hijos separados, ya que los problemas suelen extenderse a todos los periodos de convivencia.

Actuar a tiempo evita conflictos mayores

Esperar a que el problema desaparezca por sí solo rara vez funciona. Cuanto más tiempo permanece interrumpida la relación entre un progenitor y su hijo, más difícil resulta reconstruir el vínculo afectivo.

Cada situación exige una estrategia distinta: requerimiento previo, ejecución de sentencia, modificación de medidas o intervención de profesionales especializados. La decisión dependerá de la edad del menor, de las pruebas disponibles y del origen del conflicto.

En Madrid Salinas Abogados estudiamos cada caso de forma individual para ofrecer la solución jurídica más adecuada, siempre con el objetivo de proteger los derechos del progenitor y, sobre todo, el bienestar del menor. Si se encuentra en una situación similar, puede contactar con nuestro despacho para recibir asesoramiento personalizado.

Ante cualquier duda, contacte con nosotros