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Cláusulas abusivas en los contratos mercantiles: Análisis del control judicial en la contratación entre empresas. Abogados especialistas en Derecho Mercantil en Sevilla. Madrid Salinas Abogados
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Cláusulas abusivas en los contratos mercantiles: Análisis del control judicial en la contratación entre empresas

En el ámbito de los negocios, los contratos mercantiles son instrumentos esenciales que regulan las relaciones entre empresas. Aunque se presume que las partes tienen igual poder de negociación, en la práctica, esto no siempre es así. La inclusión de cláusulas abusivas en los contratos entre empresas puede generar desequilibrios significativos, afectando la equidad y la buena fe contractual. Este artículo analiza el control judicial de las cláusulas abusivas en los contratos mercantiles entre empresas en España, respaldado por jurisprudencia relevante y ejemplos prácticos.

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Marco legal y doctrinal

Tradicionalmente, la protección contra cláusulas abusivas ha estado orientada hacia los consumidores, amparados por la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios1. Sin embargo, en las relaciones entre profesionales o empresarios, la legislación es menos específica, pero no por ello inexistente. El Código Civil español establece en su artículo 1255 que “los contratantes pueden establecer los pactos, cláusulas y condiciones que tengan por conveniente, siempre que no sean contrarias a las leyes, a la moral ni al orden público”2. Este artículo introduce límites a la autonomía de la voluntad contractual, permitiendo el control de cláusulas que vulneren principios fundamentales.

Por otro lado, el Código de Comercio en su artículo 50 faculta a los jueces para moderar penas convencionales excesivas en los contratos mercantiles3. Además, el principio de buena fe, recogido en el artículo 7 del Código Civil4, es aplicable a todas las relaciones contractuales, incluyendo las mercantiles entre empresas.

Cláusulas abusivas en contratos entre empresas

La doctrina ha debatido ampliamente sobre la posibilidad de aplicar el control de abusividad en contratos entre profesionales. Algunos autores sostienen que las empresas, al ser entes profesionales, tienen capacidad para negociar y proteger sus intereses5. Sin embargo, la realidad muestra que existen situaciones de desequilibrio, especialmente cuando una de las partes ostenta una posición dominante en el mercado.

Las cláusulas abusivas en contratos entre empresas pueden manifestarse de diversas formas:

  1. Cláusulas penales desproporcionadas: Imponen sanciones excesivas en caso de incumplimiento.
  2. Limitaciones injustificadas de responsabilidad: Eximen o limitan la responsabilidad de una de las partes de manera excesiva.
  3. Condiciones unilaterales de modificación o resolución: Otorgan a una parte la facultad de modificar o resolver el contrato sin causa justificada.
  4. Obligaciones desproporcionadas: Imponen cargas excesivas a una parte sin una contraprestación adecuada.

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Jurisprudencia relevante

La jurisprudencia española ha reconocido la posibilidad de controlar judicialmente cláusulas abusivas en contratos entre empresas, especialmente cuando se afecta la buena fe y el equilibrio contractual.

  • Sentencia del Tribunal Supremo de 3 de junio de 20166: En este caso, el Tribunal Supremo anuló una cláusula penal que imponía una indemnización excesiva en caso de resolución anticipada del contrato. El Tribunal consideró que la cláusula generaba un desequilibrio significativo y vulneraba el principio de buena fe.
  • Sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona de 12 de septiembre de 20177: Se declaró nula una cláusula que permitía a una de las partes modificar unilateralmente las condiciones del contrato. El tribunal argumentó que dicha cláusula contravenía el equilibrio contractual y la buena fe.
  • Sentencia del Tribunal Supremo de 18 de julio de 20198: El Tribunal anuló una cláusula que limitaba excesivamente la responsabilidad de una de las partes en caso de incumplimiento. Se estableció que, aunque las partes eran empresas, la cláusula era abusiva al eximir prácticamente de responsabilidad a una de ellas.

Análisis de casos prácticos

  1. Contrato de suministro con cláusula penal desproporcionada

Una pequeña empresa (Empresa A) firma un contrato de suministro con una gran corporación (Empresa B). El contrato incluye una cláusula penal que establece que, en caso de incumplimiento por parte de la Empresa A, deberá pagar una indemnización equivalente al triple del valor del contrato. La Empresa A incumple por retrasos en la entrega, y la Empresa B exige el pago de la penalización.

Análisis jurídico: La cláusula penal es desproporcionada y genera un desequilibrio significativo. Aplicando el artículo 1154 del Código Civil9, el juez puede moderar la pena, considerando el grado de cumplimiento y el daño efectivo causado.

  1. Contrato de franquicia con limitación de responsabilidad

Una empresa franquiciadora incluye en sus contratos una cláusula que limita su responsabilidad por cualquier daño derivado de sus acciones u omisiones. Un franquiciado sufre pérdidas significativas debido a instrucciones erróneas proporcionadas por el franquiciador y demanda por daños y perjuicios.

Análisis jurídico: La cláusula que exime totalmente de responsabilidad al franquiciador puede ser considerada abusiva, ya que vulnera el principio de buena fe y elimina la esencia del contrato. La jurisprudencia ha establecido que tales cláusulas son nulas y que el franquiciador debe responder por sus actos10.

  1. Contrato de distribución con cláusula de modificación unilateral

Una empresa distribuidora firma un contrato que permite al proveedor modificar unilateralmente los precios y condiciones de venta sin previo aviso. El proveedor aumenta los precios de manera abrupta, afectando la viabilidad del distribuidor.

Análisis jurídico: La cláusula de modificación unilateral sin justificación ni aviso previo es abusiva, ya que coloca al distribuidor en una situación de indefensión y vulnera el equilibrio contractual. Los tribunales pueden declarar nula dicha cláusula y restablecer las condiciones originales11.

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Doctrina y principios aplicables

La aplicación del control de cláusulas abusivas en contratos entre empresas se fundamenta en varios principios:

  • Buena fe contractual: Las partes deben actuar con honestidad y lealtad, evitando prácticas abusivas.
  • Equilibrio contractual: Los contratos deben reflejar un equilibrio entre derechos y obligaciones de las partes.
  • Autonomía de la voluntad limitada: Si bien las partes pueden pactar libremente, no pueden incluir cláusulas que contravengan la ley o los principios fundamentales.

Recomendaciones prácticas

Para evitar la inclusión de cláusulas abusivas y posibles litigios, las empresas deben:

  • Revisar detalladamente los contratos: Especialmente las cláusulas que pueden generar desequilibrios.
  • Negociar condiciones equitativas: Buscar acuerdos que beneficien a ambas partes.
  • Asesorarse legalmente: Contar con asesoramiento jurídico especializado puede prevenir problemas futuros.

Conclusión

El control judicial de cláusulas abusivas en contratos mercantiles entre empresas es una herramienta esencial para garantizar la equidad y el equilibrio en las relaciones comerciales. Aunque las empresas tienen mayor libertad contractual, esta no es absoluta y está limitada por principios legales y éticos. Los tribunales españoles han demostrado disposición para intervenir cuando se vulneran estos principios, protegiendo a las partes más vulnerables y fomentando prácticas comerciales justas.

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Referencias
  1. Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre
  2. Código Civil español, artículo 1255. 
  3. Código de Comercio español, artículo 50. 
  4. Código Civil español, artículo 7. 
  5. García Martínez, J. (2015). La abusividad en contratos entre empresarios. Revista de Derecho Mercantil, (297), 45-68. 
  6. Sentencia del Tribunal Supremo (Sala de lo Civil) de 3 de junio de 2016, recurso número 326/2014. 
  7. Sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona (Sección 15ª) de 12 de septiembre de 2017, recurso número 576/2016. 
  8. Sentencia del Tribunal Supremo (Sala de lo Civil) de 18 de julio de 2019, recurso número 1235/2017. 
  9. Código Civil español, artículo 1154. 
  10. Sentencia del Tribunal Supremo (Sala de lo Civil) de 20 de enero de 2015, recurso número 1238/2012. 
  11. Sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia (Sección 9ª) de 5 de mayo de 2018, recurso número 890/2017. 

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