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Juan Madrid Salinas revisa movimientos de una cuenta conjunta con una clienta durante una consulta de familia en Sevilla.
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Mi expareja vació la cuenta

Ha abierto la aplicación del banco y la cuenta donde ingresaban las nóminas aparece casi a cero. Su expareja ha transferido el dinero a otra entidad, quizá cuando ya estaban negociando la separación. Es una situación seria, pero el movimiento bancario, por sí solo, no demuestra que el dinero le perteneciera a quien lo retiró ni que todo el importe deba devolverse. Hay que reconstruir de dónde salió el saldo y para qué se utilizó.

La cuenta conjunta no decide de quién es el saldo

Si la cuenta es indistinta, cada cotitular puede ordenar retiradas frente al banco sin la firma del otro. Si es mancomunada, debe respetarse el régimen de firmas pactado. Esa facultad de disposición bancaria es distinta de la propiedad del dinero. El origen de los fondos, los acuerdos entre ambos y el régimen económico del matrimonio determinan la reclamación posible. Por eso conviene pedir el contrato de la cuenta y no limitarse a mirar quién figura como titular.

También importa cuándo se produjo la operación. Tras una separación de hecho pueden seguir existiendo cuentas y obligaciones comunes, mientras el régimen matrimonial todavía no se ha disuelto formalmente. Una transferencia hecha antes del divorcio exige revisar fechas, ingresos y gastos, no dar por supuesto que la ruptura cambió automáticamente la titularidad de todo.

Si estaban casados en gananciales

Los rendimientos del trabajo obtenidos durante la vigencia de los gananciales tienen, como regla general, carácter común. El Código Civil presume gananciales los bienes existentes en el matrimonio salvo prueba de su carácter privativo. Sin embargo, puede haber en la misma cuenta una herencia, una donación o cantidades anteriores al matrimonio cuya procedencia deba acreditarse. Tampoco todo reintegro es indebido: quizá se pagaron gastos familiares, una deuda común o necesidades ordinarias de los hijos.

Cuando uno de los cónyuges obtiene un beneficio exclusivo o causa dolosamente un daño a la sociedad mediante actos de administración o disposición, el artículo 1390 del Código Civil prevé que responda frente a ella. Y el inventario puede incluir créditos de la sociedad contra uno de los cónyuges, conforme al artículo 1397. El cauce concreto dependerá de los hechos probados y de la fase del procedimiento. Nuestro artículo sobre liquidación de gananciales explica cómo se forman el inventario y las adjudicaciones.

Si tenían separación de bienes o no estaban casados

La respuesta puede ser distinta. La cotitularidad no convierte automáticamente en común todo lo ingresado. Habrá que rastrear nóminas, ahorros anteriores, aportaciones de cada persona y pagos destinados a gastos compartidos. Un pacto escrito, transferencias identificables o extractos de cuentas de origen pueden resultar decisivos. Tampoco debe suponerse que corresponde exactamente la mitad a cada uno: depende de la propiedad acreditada y de los acuerdos que existieran.

Qué hacer en cuanto detecte la retirada

Descargue los extractos completos de los meses anteriores y posteriores, conserve los justificantes de las transferencias y solicite al banco la identificación de las operaciones que consten en la cuenta. Guarde nóminas, declaraciones fiscales, escritura de capitulaciones si existe, mensajes sobre el uso del dinero y recibos de pagos familiares. Prepare una cronología con saldos, fecha de ruptura y destino conocido de cada retirada. La prueba bancaria suele ser más útil que una discusión por mensajes.

No responda vaciando otra cuenta ni firme un reparto improvisado para “recuperar lo suyo”. Si aún no hay acuerdo de divorcio, debe estudiarse la estrategia patrimonial junto con el procedimiento de divorcio sin acuerdo. Si además faltan recursos para atender las necesidades inmediatas de los hijos, habrá que valorar las medidas familiares que procedan según la situación; la retirada de dinero no sustituye el análisis de esas necesidades.

Cómo reclamar sin cerrar puertas

El primer paso puede ser un requerimiento documentado que identifique la operación y pida explicaciones o restitución. Si no hay respuesta, habrá que decidir si corresponde incluir un crédito en el inventario de gananciales, reclamar una cantidad por otra vía o adoptar una actuación urgente ante un riesgo acreditado. La retirada puede generar una controversia civil seria, pero no toda transferencia realizada por un cotitular constituye un delito. Formular una denuncia sin analizar el origen y el destino del dinero puede desviar el asunto.

Antes de aceptar una liquidación o renunciar a posibles créditos, revise los saldos y movimientos. Un convenio regulador que declara saldadas todas las cuentas sin haberlas comprobado puede dificultar la reclamación posterior. Importa que el documento refleje qué se ha retirado, cómo se justifica y qué cantidades se reconocen o se dejan expresamente pendientes.

Cuándo acudir al despacho

Si su expareja ha retirado una suma relevante, no le facilita los extractos o le propone firmar un reparto sin aclarar los movimientos, conviene actuar pronto para conservar prueba y definir la reclamación. En Madrid Salinas Abogados revisamos el régimen económico, los movimientos bancarios y la documentación de la ruptura. Puede solicitar una consulta con un abogado de familia en Sevilla para conocer qué parte del dinero puede reclamar y qué vía tiene sentido en su caso.

Ante cualquier duda, contacte con nosotros