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usufructo vidual

“Madrid Salinas Abogados — explicación del usufructo vidual y legítima del cónyuge viudo en herencias”.

La legítima del cónyuge viudo

La legítima del cónyuge viudo en Derecho común consiste en un usufructo sobre parte de la herencia: tercio de mejora si concurre con descendientes, mitad si concurre con ascendientes y dos tercios cuando no hay ni unos ni otros. Puede conmutarse por capital, renta o bienes y coordinarse con técnicas testamentarias como la cautela socini. Claves: cálculo correcto del caudal, liquidación previa del régimen económico matrimonial y adecuada planificación en el cuaderno particional.