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Imputación del pago y formas especiales de cumplimiento: dación, consignación, cesión y subrogación. Claves prácticas para extinguir deudas sin sorpresas.

Imputación del pago y formas especiales de cumplimiento: precisión donde más duele

La imputación del pago decide qué deuda se apaga cuando hay varias, y los intereses siempre van antes que el capital. Si el pago ordinario es imposible o inseguro, el ordenamiento ofrece alternativas: dación en pago, cesión de bienes, consignación y pago por tercero con subrogación. La clave está en documentar bien la voluntad de las partes y dejar trazabilidad suficiente para evitar litigios.