Prestación compensatoria en el divorcio: cuándo se reconoce y cuánto se cobra
La prestación compensatoria no es un “sueldo de por vida” ni se reconoce automáticamente en todos los divorcios. Solo procede cuando la ruptura deja a uno de los cónyuges en una situación económica sensiblemente peor que la del otro, como consecuencia de la forma en que se organizó el matrimonio (renuncias profesionales, dedicación exclusiva al hogar, apoyo al negocio del otro…). En estos casos, el juez puede fijar una pensión temporal o indefinida, o incluso un pago único, tomando en cuenta la edad, la salud, la formación, el patrimonio y las posibilidades reales de autonomía económica del cónyuge más débil. La cuantía y duración pueden revisarse si cambian las circunstancias, e incluso la prestación puede extinguirse si el beneficiario rehace su vida con otra persona o desaparece el desequilibrio que la justificaba.
