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Abogada de Madrid Salinas Abogados explicando a unos progenitores el reparto de los gastos extraordinarios de sus hijos tras la ruptura

Los gastos extraordinarios de los hijos tras la ruptura: qué son, cómo pactarlos y cómo reclamarlos

Los gastos extraordinarios de los hijos son una de las principales fuentes de conflicto tras la separación o el divorcio. A diferencia de la pensión de alimentos ordinaria, que cubre los gastos habituales y previsibles, los extraordinarios son desembolsos necesarios, no periódicos y no previstos al fijar la pensión, especialmente en materia de salud y formación. Para evitar discusiones constantes, es clave definir bien en el convenio regulador o en la sentencia qué se considera gasto extraordinario, cómo se autoriza, en qué porcentaje se reparte y cómo debe comunicarse al otro progenitor. Cuando hay impago, estos gastos pueden reclamarse mediante la ejecución de sentencia, aportando facturas y acreditando su carácter extraordinario.

Abogada de Madrid Salinas Abogados asesorando a una clienta sobre la prestación compensatoria en el divorcio

Prestación compensatoria en el divorcio: cuándo se reconoce y cuánto se cobra

La prestación compensatoria no es un “sueldo de por vida” ni se reconoce automáticamente en todos los divorcios. Solo procede cuando la ruptura deja a uno de los cónyuges en una situación económica sensiblemente peor que la del otro, como consecuencia de la forma en que se organizó el matrimonio (renuncias profesionales, dedicación exclusiva al hogar, apoyo al negocio del otro…). En estos casos, el juez puede fijar una pensión temporal o indefinida, o incluso un pago único, tomando en cuenta la edad, la salud, la formación, el patrimonio y las posibilidades reales de autonomía económica del cónyuge más débil. La cuantía y duración pueden revisarse si cambian las circunstancias, e incluso la prestación puede extinguirse si el beneficiario rehace su vida con otra persona o desaparece el desequilibrio que la justificaba.